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sábado, 3 de octubre de 2009
SECCION IV CAPITULO 21. PREPARACIONES ALIMENTICIAS DIVERSAS
SECCION IV
CAPITULO 21
PREPARACIONES ALIMENTICIAS DIVERSAS
El presente Capítulo incluye desde la partida 21.01 a 21.06 en las cuales encontraremos los extractos, esencias, café, té, yerba mate, achicorias, levaduras vivas, artificiales, preparaciones para salsas, salsas, sazonadores, mostaza preparada, preparaciones para sopas, caldos, helados, otras preparaciones alimenticias, etc.
Se excluyen del presente capítulo:
• Las mezclas de hortalizas y/o legumbre de la partida 07.12.
• Los sucedáneos del café tostados que contengan café en cualquier proporción y que se incluyen en la partida 09.0.
• Las especias y demás productos de la partida 09.04 a 09.10
• Las preparaciones alimenticias, con un contenido de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de crustáceos, moluscos o de otros invertebrados acuáticos, o de una mezcla de estos productos, en peso, superior al 20% que se incluyen en el capítulo 16.
• Las preparaciones alcohólicas compuestas del tipo de las utilizadas para la fabricación de bebidas, cuyo grado alcohólico volumétrico sea superior a 0,5 vol, que se clasifican en la partida 22.08.
• Las levaduras acondicionadas como medicamentos y demás productos de las partidas 30.03 o 30.04.
• Las preparaciones enzimáticas de la partida 35.07.
Se excluyen de la partida 21.01
• Los sucedáneos del café tostados que contengan café en cualquier proporción y que se clasifican en la partida 09.01.
• El té aromatizado que se clasifica en la partida 09.02.
• Los azúcares y melazas caramelizadas clasificadas en la partida 17.02.
• Los productos del capítulo 22.
Se excluyen de la partida 21.02
• La harina de cereales mejoradas por adición de muy pequeñas cantidades de levaduras artificiales (polvos para hornear) que se clasifican en las partidas 11.01 u 11.02).
• Los autolizados de levadura clasificadas en la partida 21.06.
• Los cultivos de microorganismos (con exclusión de las levaduras) y las vacunas que se clasifican en la partida 30.02.
• Los medicamentos clasificados en las partidas 30.03 0 30.04
• Las enzimas (amilasas, pepsina, cuajo, etc.), que se clasifican en la partida 35.07.
Se excluyen de la partida 21.03
• Los productos de los capítulos 9 y 20 que no se presenten en forma de líquidos, emulsiones o suspensiones que contengan muy pocas materias sólidas visibles.
• Los extractos y jugos de carne, de pescado o de crustáceos, moluscos u otros invertebrados acuáticos que se clasifican en la partida 16.03.
• Las sopas, potajes o caldos preparados y las preparaciones para sopas, potajes o caldos clasificadas en la partida 21.04
• Los hidrolizados de proteínas, que consideren esencialmente en una mezcla de aminoácidos y cloruro sódico, que se añade a preparaciones alimenticias y que se clasifican en la partida 21.06.
• Los autolizados de levadura, clasificadas en la partida 21.06.
• La semilla de mostaza clasificada en la partida 12.07
• El aceite fijo de mostaza clasificado en la partida 15.14
• Las tortas de semilla de mostaza procedentes de la extracción del aceite fijo de la semilla que se clasifica en la partida 23.06.
• El aceite esencial de mostaza clasificado en la partida 33.01.
Se excluyen de la partida 21.04.
• Preparaciones alimenticias compuestas por una sola sustancia básica, tal como carne, despojos, pescado, legumbres, hortalizas o frutas que se clasifican en el capítulo 16 o 20 generalmente. Incluso si contienen ingredientes añadidos en pequeña cantidad para el sazonado, la conservación u otros fines.
• Las mezclas de legumbres u hortalizas secas (julianas), incluso pulverizadas que se clasifican en la partida 07.12.
• La harina y la sémola de legumbres secas clasificadas en la partida 11.06.
• Los extractos y jugos de carne, de pescado, etc., y demás productos clasificadas en el capítulo 16.
• Las preparaciones alimenticias que contengan cacao, clasificadas en la partida 18.06 o 19.01 generalmente.
• Las conservas, legumbres u hortalizas, incluidas las compuestas por mezclas de legumbres y hortalizas (julianas, macedonias, etc.), que a veces se añaden a los caldos para la preparación de potajes que se clasifican en las partidas 20.04 o 20.05.
• Los autolizados de levadura clasificados en la partida 21.06.
Se excluyen de la partida 21.05.
• Las mezclas y preparaciones básicas para la elaboración de helados y de productos similares, que se clasifican según la naturaleza del ingrediente esencial que contengan (por ejemplo, partidas 18.06, 19.01 o 21.06).
Se excluyen de la partida 21.06.
• Las preparaciones enzimáticas que contengan sustancias alimenticias (por ejemplo, los productos para ablandar la carne, constituidos por una enzima proteolítica con dextrosa u otras sustancias alimenticias). Estas preparaciones se clasifican en la partida 37.07, siempre que no estén clasificadas en otra partida más específica de la nomenclatura.
• La harina de habas de soja desgrasada sin texturar, incluso apropiada para la alimentación humana y que se clasifica en la partida 23.04.
• Los aislados de proteínas clasificados en la partida 35.04.
• Preparaciones alcohólicas cuyo grado volumétrico exceda de 0,5% vo, se clasifican en la partida 22.08.
• Los productos cuya infusión constituya una dosis terapéutica o profiláctica de un componente activo específico para una enfermedad concreta y que se clasifica en las partidas 30.03 o 30.40.
• Mezclas pertenecientes a la partida 08.13 o al capítulo 9.
• Las mezclas constituidas por plantas, partes de plantas, semillas o frutos (enteros, troceados, partidos o pulverizados) de las especies comprendidas en otros capítulos (por ejemplo, capítulos 7,9,11, 12 ) o por diferentes especies correspondientes a la partida 12.11 que no se consumen como tales, se excluyen estos productos cuando el carácter esencial se lo confieran las especias del capítulo 9 que puedan contener.
• Las preparaciones conocidas con el nombre de complementos alimenticios y que se destinen a prevenir o tratar enfermedades o afecciones y que se clasifican en las partidas 30.03 o 30.04.
ANALISIS DE LAS PARTIDAS DEL CAPITULO 21
La partida 21.01 correspondiente al capítulo 21 comprende los extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a bases de estos productos o a base de café, té yerba mate; achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostado y sus extractos, esencia y concentrados.
Notas explicativas a la presente partida.
Extractos, esencia y concentrados de café. Pueden estar preparados a partir de verdadero café, descafeinado o no, o a partir de una mezcla, en cualquier proporción, de verdadero café y de sucedáneos de café. Estos extractos y esencias se presentan líquidos o en polvo y generalmente están muy concentrados. En este grupo se encuentra incluido el café instantáneo que consiste en una infusión de café deshidratada o incluso congelada antes de desecarla en vacío.
Extractos, esencias y concentrados de té o de yerba mate. Estos extractos corresponden a los descritos en el párrafo precedente.
Preparaciones a base de extractos, esencias o concentrados de café, té o yerba mate. Se trata de preparaciones a base de extractos o de esencia de café, de té o de yerba mate ( y no los obtenidos por adición de café, de té o de yerba mate a otras sustancias), incluidos los extractos, etc., a los que, durante su fabricación, se les haya podido añadir almidón o hidratos de carbono.
Preparaciones a base de café, de té o de yerba mate. Entre estas preparaciones están comprendidas las pastas de café, compuestas de café tostado molido, de grasas vegetales, etc., y a veces otros ingredientes y las preparaciones a base de té que consistan en una mezcla de té, de leche en polvo y de azúcar.
La Achicoria tostada y demás sucedáneos del café y sus extractos, esencias y concentrados. Se trata de todos los productos tostados destinados a sustituir y a imitar al café, por infusión en agua caliente o para añadirlos al café. Estos productos se designan a veces con el nombre de café seguido del nombre de la materia base (café de cebada, café de malta, café de bellotas, etc.).
La achicoria de la que se habla aquí corresponde al producto de la torrefacción de la raíz de achicoria (Chicorium intybus var, sativum) de la partida 12,12. Es de color pardo negruzco y de sabor amargo.
También se pueden preparar otros sucedáneos del café tostando la remolacha azucarada, zanahorias, higos, cereales (especialmente cebada, trigo, centeno), altramuces, habas de soja, garbanzos, bellotas comestibles, huesos de dátiles o de almendras, raíces de amargón o diente de león o castañas. La malta tostada que en virtud de su acondicionamiento esté patentemente destinada para su utilización como sucedáneo del café, también se incluye en esta partida.
La partida 21.02 correspondiente al capítulo 21 comprende a las levaduras (vivas o muertas) (inactivas o inactivadas); los demás microorganismos monocelulares muertos (con exclusión de las vacunas de la partida 30.02), levaduras artificiales (polvos para hornear)
Notas explicativas a la presente partida.
Levaduras Vivas.-Son aquellas utilizadas para producir fenómenos de fermentación; están esencialmente constituidas por determinadas especies de microorganismos (casi exclusivamente del género Saccaromyces) que se producen normalmente en el transcurso de la fermentación alcohólica. Sin embargo, las levaduras pueden obtenerse igualmente impidiendo parcial o totalmente la fermentación por medio de una abundante aireación.
Entre estas levaduras se encuentran:
• Levadura de cerveza que se produce en las cubas de fermentación durante la fabricación de la cerveza. Es de color pardo amarillento; tiene generalmente el sabor amargo del lúpulo y el olor de la cerveza y se presenta en forma sólida o pastosa.
• Levadura de destilería que procede de la fermentación de diversas materias en las destilerías; granos, patatas, frutas, etc. Se presenta en forma de pasta compacta de color crema. Su olor varía según la naturaleza de la materia destilada.
• Levadura prensada es la producida por la propagación de cepas de levaduras cultivadas en un medio de hidratos de carbono, por ejemplo melazas, mantenido en condiciones especiales. Se presenta prensada generalmente en panes de color gris amarillento y suele tener olor a alcohol; también se comercializa en estado seco, frecuentemente en granos o en forma de líquidos.
• Levadura de cultivo es la levadura pura preparada en laboratorio. Se puede mantener en suspensión en agua destilada, en gelatina o en agar agar. Generalmente se vende en cantidades precisas y acondicionadas en recipientes bien cerrados para protegerla de contaminaciones.
• Semilla de levadura es la obtenida por fermentaciones sucesivas de la levadura de cultivo, se utiliza para sembrar la levadura comercial. Se vende generalmente en forma de una masa comprimida, húmeda y plástica o en una suspensión líquida.
Levaduras muertas. Son aquellas que se obtiene por secado, son generalmente levaduras de cervecería, de destilería o de panificación que, ya insuficientemente activas, son rechazadas por dichas industrias y se utilizan en la alimentación humana ( fuente de vitamina B ) y como alimento de los animales previo desecado. Sin embargo, a causa de su creciente importancia, las levaduras secas se obtienen cada vez más directamente a partir de las levaduras activas fabricadas especialmente con este objeto.
Otros tipos de levaduras desecadas.
• Candida lipolytica o tropicallis y Candida Maltosa. Que son aquellas que se obtienen por tratamiento de levaduras que no pertenezcan al género Saccharomyces. Se obtienen por secado de las levaduras que se han cultivado sobre sustratos que contienen hidrocarburos (tales como el gasóleo o n- parafinas) o hidratos de carbono. Estas levaduras desecadas son particularmente ricas en proteínas y se utilizan en la alimentación de los animales. Se designan corrientemente con el nombre de proteínas del petróleo o de bioproteínas de la levadura.
Microorganismos monocelulares muertos.
Este grupo comprende los microorganismos monocelulares, tales como las bacterias y las algas monocelulares, que no estén vivos. Entre otros, están comprendidos en la presente partida los microorganismos obtenidos por cultivo en sustratos que contengan hidrocarburos o dióxido de carbono. Estos productos son particularmente ricos en proteínas y se utilizan para la alimentación de los animales.
Levaduras artificiales (polvos para hornear)
Consisten en mezclas de productos químicos (por ejemplo bicarbonato sódico, carbonato amónico, ácido tartárico o fosfatos) con almidones o féculas o sin ellos y que, por la acción del anhídrido carbónico que desprenden, son susceptibles de levantar o esponjar la masa de pastelería o repostería. Se venden normalmente acondicionadas para su venta al por menor (saquitos, latas, etc.) bajo diversas denominaciones (levadura artificial, polvos para hornear, levadura alsaciana, levadura química, etc.,).
La partida 21.03 correspondiente al Capítulo 21 comprende las preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada, la salsa de soja, salsa de tomate, harina de mostaza, mostaza preparada, otras salsas.
Notas explicativas a la presente partida.
Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos. So preparaciones generalmente con especias, destinadas a destacar el sabor de algunos platos (carne y pescado y ensaladas en particular) y elaboradas con ingredientes diversos (huevos, legumbres y hortalizas, carne, fruta, harina, fécula, aceite, vinagre, azúcar, especias, mostaza, aromas, etc.). Las salsas se suelen presentar líquidas y las preparaciones para salsas, en polvo, al que basta añadir leche, agua, etc., para obtener una salsa.
Estos productos se presentan generalmente en forma de líquidos, emulsiones o suspensiones que contienen muy pocas materias sólidas visibles.
Se pueden citar la salsa de mayonesa, los sazonadores para ensaladas, la salsa bearmesa, la salsa boloñesa (que contiene carne picada, puré de tomates, especias, etc.), la salsa de soja, la salsa de champiñones, etc.
Harina de mostaza y mostaza preparada. La harina de mostaza se obtiene moliendo y tamizando los granos de mostaza, ya se trate de semillas blancas o de semillas negras o de una mezcla de ambas variedades, cualquiera sea el fin a la que esté destinada, aunque se haya desengrasado o se le haya quitado el pericarpio antes de la molienda.
Se incluye también la mostaza preparada que consiste en harina de mostaza con pequeñas cantidades de otros ingredientes (harina de cereales, canela, cúrcuma, pimienta, etc.)o en una pasta compuesta de harina de mostaza, vinagre, mosto de uva o vino, a veces con sal, azúcar, especias u otros condimentos.
La partida 21.04 correspondiente al Capítulo 21 comprende a las preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados; preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas, entre las cuales encontramos caldos o consomés, sopas, etc., deben estar dispuestos para el consumo después de un simple calentamiento.
Notas explicativas a la presente partida.
Preparaciones para sopas, potajes o caldos, sopas, potajes o caldos preparados. Estos productos están generalmente preparados a base de sustancias vegetales (legumbres, hortalizas, harinas, féculas tapioca, pastas alimenticias, arroz, extractos de plantas, etc.), carne, extracto de carne, grasa, pescado, crustáceos, moluscos u otros invertebrados acuáticos, peptonas, aminoácidos o extracto de levadura. Pueden contener una gran proporción de sal. Se presentan por lo general en forma de tabletas, pastillas, cubitos, en polvo o en líquido.
Preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas. Son aquellas preparadas para la alimentación infantil o para usos dietéticos que consisten en una mezcla finamente homogeneizada de varias sustancias básicas, tales como carne, pescado, legumbres u hortalizas, o frutas, acondicionadas para la venta al por menor en envases con un contenido inferior o igual a 250 g. Para la aplicación de ésta definición se hará abstracción, en su caso, de los diversos ingredientes añadidos en pequeña cantidad para el sazonado, la conservación u otros fines. Estas preparaciones podrán contener pequeñas cantidades de fragmentos visibles. A los elementos básicos pueden añadírsele con fines dietéticos (alimentación equilibrada), o bien para el sazonado, la conservación u otros fines, pequeñas cantidades de sustancias diversas, tales como queso, yema de huevo, almidón, dextrina, sal o vitaminas. Estas preparaciones también pueden contener fragmentos visibles de ingredientes, siempre que sea en pequeña cantidad, es decir, que no alteren su carácter de preparaciones homogeneizadas.
Estas preparaciones forman una pasta más o menos consistente consumible tal como se presentan, en su caso, después de calentarla. Se presentan frecuentemente en bocales o en latas herméticamente cerradas cuyo contenido corresponde generalmente a una comida completa.
La partida 21.05 correspondiente al Capítulo21 comprende a los helados y productos similares, incluso con cacao, encontramos a los helados propiamente tales, los sorbetes, polos de nieve, etc.
Notas explicativas a la presente partida.
En la presente partida se encuentran los helados preparados normalmente a base de leche o de nata y los productos similares, por ejemplo: sorbetes, polos de nieve, etc., aunque contengan cacao en cualquier proporción.
La partida 21.06 correspondiente al capítulo 21 comprende a las preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otras partidas, como por ejemplo los concentrados de proteínas y sustancias proteicas texturazas, polvos para la preparación de budines, cremas, helados, postres, gelatinas, pastas a base de azúcar, los hidrolizados de proteínas, preparaciones compuestas para la elaboración de limonadas, jarabes aromatizados, zumo de frutas que se consumen como bebidas, mezclas de extracto de ginsen, comprimidos para usos alimenticios, los caramelo, gomas para diabéticos, los complementos alimenticios, etc.
Notas explicativas a la presente partida.
Los productos que contempla la presente partida solamente quedarán clasificados aquí siempre que no se encuentren clasificadas en otras partidas de la Nomenclatura.
Encontramos aquí:
• Las preparaciones que se utilizan tal como se presentan o previo tratamiento (cocción, disolución o ebullición en agua o en leche, etc.) en la alimentación humana.
• Preparaciones compuestas total o parcialmente por sustancias alimenticias que se utilizan en la preparación de bebidas o de alimentos para el consumo humano, por ejemplo que contengan mezclas de productos químicos ( ácidos orgánicos, sales de calcio, lecitina, etc.) con sustancias alimenticias ( por ejemplo, harina, azúcar o leche en polvo)
• Polvos para la preparación de budines, cremas helados, postres, gelatinas etc.
• El polvo aromatizado para bebidas (polvo de coco), azucarado o no, a base de bicarbonato de sodio y de glicirricina o de extracto de regaliz.
• Las pastas a base de azúcar que contengan grasas añadidas en proporciones relativamente importantes, y, a veces, leche, o avellanas, que no son apropiadas para su transformación directa en artículos de confitería, pero que se utilizan para rellenar o guarnecer bombones, pastas, tartas, bizcochos, etc.
• Preparaciones alimenticias que consistan en miel natural enriquecida con jalea real de abejas.
• Hidrolizados de proteínas que consisten en una mezcla de aminoácidos y cloruro de sodio, destinados a su incorporación en preparaciones alimenticias debido, por ejemplo, al sabor que les confieren.
• Los comprimidos para usos alimenticios a base de aromas naturales o artificiales (por ejemplo, la vainillina).
• Mezclas de extractos de ginsén con otras sustancias (por ejemplo, lactosa o glucosa) usadas para preparar “té” u otras bebidas de ginsen.
• Jarabes aromatizados o coloreados, que son disoluciones de azúcar a las que se han añadido sustancias naturales o artificiales para conferirles el sabor de ciertas frutas o plantas (frambuesa, casis, limón, menta, etc.), incluso con ácido cítrico y conservantes, añadidos.
• Zumo de frutas concentrado con ácido cítrico añadido (en tal proporción que el contenido total de ácido sea claramente superior al del jugo natural), aceites esenciales de frutas, edulcorantes artificiales, etc.
• Preparaciones frecuentemente conocidas con el nombre de “complementos alimenticios a base de extractos de plantas, de concentrados de frutas, de miel, de fructosa, etc., con adición de vitaminas y a veces de cantidades muy pequeñas de compuestos de hierro. Estas preparaciones suelen presentarse en envases indicando que se destinan a mantener en un buen estado la salud del organismo.
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